Detenido arbitraria e ilegalmente, irrespetando mis derechos constitucionales y civiles junto a personas que como yo lo que hicimos fue trabajar por el desarrollo de nuestro Municipio. Se del apoyo de mi pueblo y lo agradezco.
martes, 4 de mayo de 2010
EXIGIMOS SU INMEDIATA LIBERTAD!
FRENTE A LA INFAME ACUSACION CONTRA BIAGIO PILIERI,
EXIGIMOS SU INMEDIATA LIBERTAD!
Biagio Pilieri está cumpliendo 15 MESES de injusta y arbitraria detención, a la espera de un supuesto juicio que carece totalmente de fundamento y que se debe a la cobarde acción de Adelmo León, quien ha utilizado la administración de “justicia” como instrumento de su venganza personal bajo el amparo de autoridades que, por acción u omisión, son también responsables del horrendo atropello.
El artículo 44 de la Constitución consagra el derecho a ser juzgado en libertad y ésta sólo puede ser privada en casos excepcionales como medida extrema. Y el artículo 102 del Código Orgánico Procesal Penal establece que “se evitará, en forma especial, solicitar la privación preventiva de libertad del imputado cuando ella no sea absolutamente necesaria para asegurar las finalidades del proceso”.
Sin embargo a Biagio se le ha encarceló desde el primer momento, a pesar de que asistió a todas las citaciones que le hicieron, cuando cumplía su deber como representante del pueblo en el Concejo Municipal de Bruzual. Y para darle apariencia de “legalidad” a su detención lo acusan de “peculado doloso propio”, que deriva en una “presunción de peligro de fuga”.
Vamos a explicar en términos sencillos la infame acusación contra Biagio, para que se comprenda la magnitud del atropello de que es víctima. Lo han acusado simultáneamente de “malversación agravada de fondos públicos” y de “concertación ilegal con contratista” para dar la impresión de que se trata de algo muy serio, pero ninguno de estos delitos da lugar a una medida de privación preventiva de libertad. Todo es una farsa para encarcelarlo y tratar de anularlo políticamente.
1.- ¿Malversación agravada de fondos públicos?
Según los artículos 56 y 57 de la Ley contra la Corrupción, la “malversación” existe cuando se utiliza ilegalmente una partida presupuestaria para un fin distinto al que tiene previsto en la ley de presupuesto. Y es “agravada”, cuando el cambio de uso causa daño o entorpece algún servicio público. Pero la pena máxima por este delito no excede de cuatro años y no es suficiente para presumir “peligro de fuga”.
Biagio no cometió además malversación alguna. Adelmo León lo acusó de “irregularidades” en un traspaso de fondos entre partidas presupuestarias y en un crédito adicional, pero ambos fueron aprobados en forma legal y unánime por el Concejo y publicados en la Gaceta Municipal. Así que el alcalde Pilieri no cometió delito alguno cuando hizo uso de esos recursos conforme a la aprobación realizada.
En cambio el alcalde Adelmo León dictó varios decretos realizando traslados presupuestarios sin la aprobación de la Cámara Municipal, según fue denunciado ante la Contraloría General de la República en fecha 27 de agosto de 2008 por el concejal Henry Gutiérrez, en su carácter de Presidente del cuerpo edilicio, y acompañó los documentos del caso. Sin embargo la Fiscalía no ha acusado por malversación a Adelmo León, sino más bien trató de exonerarlo formalmente de toda responsabilidad.
2.- ¿Concertación ilegal con contratista?
Adelmo León acusó a Biagio de que contratos con asociaciones civiles “fueron simulados”, “y que el Municipio no recibió contraprestación alguna de servicios públicos por los pagos realizados”. Pero la defensa ha observado que “en el escrito presentado por el Ministerio Público, no se describe, ni se narra como fue que mis defendidos se concertaron”, es decir, no hay prueba alguna de la acusación. Y el delito no tiene una pena mayor de seis años, por lo que tampoco puede fundamentar una medida de privación preventiva de libertad.
Para desvirtuar esta segunda imputación existen además muchos testimonios de directivos, trabajadores y policías activos, y en especial de directivos de las escuelas “Catalina de Bolívar”, “Sila Mota de Rojas”, “Raúl Ramos Giménez”, “Juan Vicente González”, “Tribu Jirahara”, “Gregoria Díaz” de El Ceibal y del Jardín de Infancia “Andrés Bello”, que dan fe de los trabajos efectuados.
3.- ¿Peculado doloso propio?
Según el artículo 52 de la Ley contra la Corrupción, existe peculado cuando se obtiene provecho personal ilícito del uso de los bienes del patrimonio público; es decir, el acusado se enriquece personalmente por actos de corrupción. Y esta es la acusación más infame de todas las que se han hecho contra Biagio Pilieri, porque es ampliamente conocido en Bruzual y en Yaracuy por su honestidad y su rectitud. Sin ninguna prueba lo acusan de este delito porque su pena máxima alcanza los diez años y da lugar a la “presunción de peligro de fuga”.
Como ha señalado la defensa, “en ninguna parte ni de la acusación, ni de la causa en general, se encuentra demostrada la comisión del delito de Peculado Doloso, ni propio, ni impropio”. “El Ministerio Público se orientó sólo por la suposición del denunciante, y por el contenido descontextualizado y parcializado de las entrevistas tomadas en la fase de investigación, por el órgano encargado de la misma que fue la Disip, cuyos funcionarios de manera abrupta y arbitraria, influyeron en las deposiciones de las personas que ahora forman parte del acervo probatorio fiscal, pero que en nada reflejan la veracidad de lo que ocurrió durante la gestión administrativa del exalcalde y acusado Biagio Pilieri”.
En cambio, la citada denuncia contra Adelmo León concluye de esta forma: “Una vez planteada parte de la información que nuestra institución maneja, hacemos formalmente la denuncia para que se inicien las respectivas investigaciones por las distintas irregularidades que se presentan en nuestro municipio; ya que, nos vemos afectados todo el colectivo bruzualense por tan mala gestión que el ciudadano alcalde, el señor José Adelmo León ha realizado y por haber incurrido flagrantemente en la violación de nuestra Constitución y de las leyes de nuestra República”. Así solicita “determinar las responsabilidades de éste”.
Adelmo León no se atrevió a postularse para la reelección como alcalde del Municipio Bruzual y enfrentar la candidatura de Biagio Pilieri, que obtuvo un amplio respaldo de votos en la última consulta electoral. Cobardemente hace ahora un uso escandaloso de la “justicia” para materializar su venganza personal y tratar de eliminar políticamente al adversario. Y para ello ha contado con el apoyo de unas autoridades y la omisión de otras. Ante tal infamia, ¡exigimos la libertad de Biagio!
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