miércoles, 23 de febrero de 2011

EL DIPUTADO BIAGIO PILIERI EN LIBERTAD

23/02/11


Foto: cortesia de Raúl Gonzalez.



El Dip electo den Edo Yaracuy, Biagio Pilieri

El Diputado electo del estado Yaracuy, Biagio Pilieri, salió de su casa cerca de las 9:30 de la mañana luego de que le otorgaran la boleta de excarcelación.

La libertad del Parlamentario se logró como parte de los acuerdos a los que llegó el Gobierno nacional con el grupo de huelguistas que pidieron, por casi 23 días, la liberación de los presos políticos y una revisión de los Derechos Humanos en Venezuela por parte de la OEA.

Pilieri declara que se llegó a este acuerdo porque “era inocente”, al igual que los demás presos políticos. “La verdad ya empezó a asomarse”.

A este grupo de personas, en su mayoría jóvenes, que permanecieron en huelga de hambre, Pilieri expresó su “admiración y eterno agradecimiento”. Dijo que con estos jóvenes “Venezuela no solo tiene futuro, sino también presente”.

También agradeció a Dios y a todas las personas que le ayudaron a tener fortaleza durante estos dos años de juicios y encarcelamiento.

Aseguró que sale “comprometido con el pueblo de Yaracauy”. Su primera promesa por cumplir es visitar la iglesia del pueblo de Chivacoa.

Más temprano, la abogada Biagio Pilieri, Norma Delgado, informó la mañana de este miércoles que le habían otorgado libertad cautelar al Diputado.

En declaraciones ofrecidas a Globovisión, detalló que se le impuso una medida, según el Tribunal Tercero de Juicio, que modifica la privativa de libertad: una medida de presentación.

Gracias a esta acción, el Diputado electo finalmente podrá juramentarse e incorporarse a la Asamblea Nacional. De hecho, Pilieri viaja en estos momentos a Caracas para finiquitar detalles y lograr esa incorporación.

A media mañana, el diputado Pilieri ya había recibido en su residencia la orden de excarcelación.

Según relató la corresponsal en Yaracuy de Globovisión, los vecinos y amigos han estado entrando y saliendo de la casa del parlamentario electo, en Chivacoa, tras recibir la noticia.


Biagio Pilieri, diputado
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Comienza a hacerse justicia


SE RESPIRAN "AIRES DE LIBERTAD"



El Tribunal Tercero de Juicio del Área Metropolitana le concedió una medida cautelar de presentación al diputado Biagio Pilieri, cumpliendo así una de las solicitudes hechas por los huelguistas. La abogada Norma Delgado informó que Pilieri recibió una orden de excarcelación en horas de la mañana que modifica la medida privativa de libertad.

Delgado no precisó qué contempla la medida cautelar de presentación, es decir, se deconoce cada cuanto tiempo deberá presentarse el diputado Pilieri ante el tribunal. Sin embargo, aclaró que Pilieri ya puede acudir a la Asamblea Nacional para juramentarse como diputado.

En la puerta de su residencia, tras recibir la boleta, Pilieri dijo que se empezaba a hacer justicia e informó que iba a Caracas a afinar detalles con sus abogados y revisar también el tema de su incorporación a la Asamblea Nacional.

Pilieri dijo que la verdad resplandece y brilla como la luz y agradeció a todos los que tuvieron que ver con acciones en los últimos dos años en su favor.

Manifestó que espera la libertad para más personas y expresó su admiración por los integrantes de Javu y quienes estuvieron en huelga de hambre hasta el pasado martes.

La primera movilización que hizo Pilieri al salir de su residencia fue hacia la Iglesia de Chivacoa, posteriormente se trasladará a la ciudad de Caracas para reunirse con la fracción parlamentaria de la Mesa de la Unidad Democrática.

Los abogados de Pilieri que se trasladan a la ciudad de Caracas explicaron que solicitarán también la libertad de las otras personas juzgadas por el mismo caso.

Biagio Pilieri fue imputado por el Ministerio Públicio por haber incurrido presuntamente en malversación agravada de fondos públicos, concertación ilegal con contratista y peculado doloso propio durante su gestión como alcalde del municipio Bruzual del estado Yaracuy, en el periodo 2000-2004.

En el estado Yaracuy se realizaron dos juicios por este caso, los cuales fueron anulados. El tercer juicio fue remitido a la ciudad de Caracas y Pilieri se encadenó a su casa para impedir el traslado, calificando este nuevo proceso legal de "aberración".

jueves, 10 de febrero de 2011

¿BIAGIO PILIERI NO LE ATAÑE A LA MUD?


SIMÓN BOCCANEGRA - TalCual


Este minicronista se siente obligado a formularle un reclamo tanto a la MUD como al grupo parlamentario de la alternativa democrática. Se trata de lo que, no sólo a mi juicio sino al de mucha otra gente, ha sido una actitud no suficientemente activa y combativa en defensa de Biagio Pilieri, víctima de un atropello incalificable por parte del régimen.
Como ya es sabido, Pilieri ha sido juzgado y absuelto dos veces por el mismo supuesto delito.
Que esto le ocurra a un venezolano común y corriente ya configuraría una aberración jurídica sin nombre, pero en el caso de Pilieri es peor porque se trata de un diputado electo que, de acuerdo con "la mejor Constitución del mundo" (decía Chávez antes de dedicarse a patearla a más y mejor), posee inmunidad parlamentaria desde que fue proclamado. Un caso como este sólo se puede dar en esta Venezuela del chavismo, pero merecería una protesta pública y continua por parte de sus compañeros. No se trata sólo de visitarlo (que sólo lo han hecho siete de ellos), sino de organizar actividades de repudio y solidaridad que muevan a la opinión pública. ¿Qué tal un gran acto en Chivacoa, frente a la casa del parlamentario preso, con presencia de los 67 diputados electos? ¿Qué tal actividades del mismo jaez en otros sitios del país, sobre todo en los vecinos a Yaracuy, por donde fue electo? La de Pilieri no es una batalla solitaria de un tipo encaprichado en ser parlamentario sino una defensa del principio constitucional de la inmunidad parlamentaria, cosa que atañe a todos y cada uno de los 67 que fueron electos y, en general, a todos los venezolanos que aspiran a una vida democrática plena.

lunes, 7 de febrero de 2011

AQUI EL EXPEDIENTE POR !!CORRUPTO!! DE ADELMO LEON DENUNCIANTE DEL DIP BIAGIO PILIERI ¿QUIEN ES EL LADRON?



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy
San Felipe, 27 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-002968
ASUNTO : UP01-P-2007-002968

Revisadas las actuaciones que anteceden, y en virtud del oficio No. CJ-08-0098, de fecha 12-02-2008 emanado de la Presidencia de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en el que se me designa Juez Provisorio de este Tribunal, en virtud de la designación de la profesional del derecho Jholeesky del Valle Villegas Espina como Jueza Provisoria de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal; es por lo que me ABOCO al conocimiento de la presente causa. Corresponde a este tribunal emitir pronunciamiento judicial motivado con respecto a escrito presentado, en fecha 17 de septiembre de 2007, por la Fiscal Décima del Ministerio Público Abogada Rosario Elena Herrera Prado, por intermedio de la Oficina del Alguacilazgo, mediante el cual solicitó el Sobreseimiento de la causa conforme a lo previsto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
IDENTIFICACIÓN DEL ASUNTO
El presente asunto se instruye contra el ciudadano: JOSÉ ADELMO LEÓN GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.576.474, por la comisión de los delitos de PECULADO DOLOSO PROPIO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO y MALVERSACIÓN GENERICA, prevista y sancionada en los artículos 52 y 56 de la Ley Contra la Corrupción tal y como lo señala la representante en su escrito, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
DE LOS HECHOS
Consta en el presente asunto copia simple de Denuncia interpuesta por los ciudadanos FRANCISCO BACILE RICCIARDELLA y EDGAR BLADIMIR HERNANDEZ RAMOS, quienes se identifican con la cedula de identidad N° 7.552.663 y 6.033.359 respectivamente, por ante la Dirección de Secretaria General de la Fiscalía General de la Republica Bolivariana de Venezuela del Ministerio Público, y en la que señalan que:
“El Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, es administrado por el ALCALDE ELECTO JOSE ADELMO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 7.576.474, quien desde el inicio de su gestión administrativa se ha destacado por llevar una administración no apegada a los principios de transparencia, legalidad y eficacia que ordena la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la Ley Contra la Corrupción”. (negritas y subrayado propios).
Del mismo modo señalaron los denunciantes que:
“La Contraloría del Municipio Bruzual realizó una auditoria a la emisión del gasto correspondiente al tercer trimestre del año 2006, donde destacan serías irregularidades en el manejo del erario público, es así como de la misma se destacan los siguientes hechos particulares:
1.- Desorden en cuanto a la correlación de cheques que no permite determinar la

operación que genera los pagos.
2.- Inexistencia de documentos firmados por los trabajadores donde se constate la entrega de bono alimenticio mediante cesta ticket.
3.- Desorganización en las nóminas. Las notas de débito bancarias son registradas por un monto total de las nóminas según la relación enviada al banco pero existe personal de los que aparecen en la relación, a quienes se les cancela posteriormente a través de cheques, originando un segundo pago por el mismo concepto. Es ejemplo el caso de MORA LUCINDO EUSEBIO, quien cobro normalmente la semana de trabajo por un total de 107.675,00 del 03-07-06 al 09-07-06, a través de la nomina del banco, pero igualmente aparece un cheque N° 00000874 del Banco Provincial, con orden de pago N° 01904 por bolívares 75.000,00 donde se le cancela su salario en fecha 01-07-06.
4.- Ordenación de pagos sin estar debidamente soportados, casos de cancelación mediante copias de facturas, cancelación sin soportes, ausencia de órdenes de compras y servicios.
5.- Utilización de recursos presupuestarios para fines distintos a los previstos.
6.- Cancelación de obras sin que existiera contratos, valuaciones, actas de inicio, actas finales de obras, carátulas de valuaciones y cuadro de finiquitos.
7.- Otorgamiento de contratos para obras y servicios sin que se cumplieran los procedimientos contemplados en la Ley de Licitaciones, ejemplo de caso sudexho pass.
Catalogando los denunciantes tales hechos como delitos de PECULADO y MALVERSACIÓN.
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
La fiscal del Ministerio Público señala en su escrito de solicitud de sobreseimiento que entre las diligencias practicadas se encuentran:
1.- Orden de inicio de Investigación signada con el N° 22F10-S-0046-07, de fecha 09/04/2007.
2.- Recepción de comunicación signada con la nomenclatura YA-FS-0741-07, de fecha 03/04/2007, emanada de la Fiscalía Superior del Ministerio Público, fue comisionada la Fiscalía Décima del Ministerio público a los fines de conocer la causa relacionada con presuntas irregularidades ocurridas en la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.
3.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1109-07, de fecha 02/05/2007, al Coordinador Nacional de Investigación de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) Caracas, en donde solicitan que sean asignados Funcionarios a los fines de realizar las diligencias pertinentes.
4.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1278-07, de fecha 28/05/2007, al Director General de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) Caracas, en donde solicitan que sean comisionados los Expertos Contables Miguel Ángel Salas y Maria Luisa Fuenmayor, a los fines de que realicen las Experticias Contables y Financieras.
5.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1445-07, de fecha 13/06/2007, al Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en donde le solicitan el Acceso a la Documentación Contable.
6.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1499-07, de fecha 20/06/2007, al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub-Delegación Lara en donde solicitan que el ciudadano William Aranguren sea comisionado como Experto Contable a los fines de que de manera conjunta con el Funcionario Miguel Ángel Salas practique Experticia Contable.
7.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1519-07, de fecha 22/06/2007, al Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, ciudadano José Adelmo León, donde se solicitan copias de diversa documentación.
8.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1257-07, de fecha 22/06/2007, al Contralor Municipal del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a los fines de solicitar remisión de Copia Certificada del Informe preliminar del Tercer Trimestre del año2006, llevada a cabo en la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.


9.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1533-07, de fecha 26/06/2007, al Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, ciudadano José Adelmo León, donde se le informa que han sido comisionados los ciudadanos William Aranguren como Experto Contable a los fines de que de manera conjunta con el Funcionario Miguel Ángel Salas practique Experticia Contable.
10.- Se remitió comunicación N° YA-F10-1532-07, de fecha 26/06/2007, al Contralor Municipal del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a los fines de solicitar remisión de Copia Certificada del Informe de Auditoria Preliminar del Tercer Trimestre del año2006, llevada a cabo en la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.


La Representación Fiscal solicita el Sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que “El hecho objeto del proceso no se realizo (sic) o no puede atribuírsele al imputado”, debido a:

“…ya que el presunto hecho punible mencionado en un principio no se realizó por cuanto: el probable tipo penal conocido como Peculado Doloso Propio previsto en el Artículo 58 de la Ley Contra la Corrupción, en el caso que nos ocupa se evidenció notoriamente que no se materializó, Ya que en ningún momento el Ciudadano en mención se apropió o distrajo los bienes del PATRIMONIO PÚBLICO que se encontraban en su poder a beneficio propio ni mucho menos a beneficio de un tercero.

Por otra parte, en relación al Delito de Peculado Doloso Impropio, se comprobó que el ciudadano en referencia no se apropió ni distrajo Bienes del Patrimonio Público que se encontrasen en Poder de Cualquier Organismo Público.

En cuanto, al Delito de Malversación, no existió atentado alguno contra la REGULARIDAD, con que los Caudales Públicos deben Administrarse, de todo lo anteriormente expuesto podrá verificar usted Señor Juez de Control en todos y cada uno de los documentos anexos al presente escrito”. (negritas y subrayado propios).


Ahora bien, el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal establece lo siguiente:

"El sobreseimiento procede cuando: Omissis...
1° El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado”.

Este Tribunal analiza las presentes actuaciones de las cuales se observa que la representación fiscal en su solicitud de sobreseimiento, específicamente en sus razones de hecho y derecho solo se limitó a expresar que el ciudadano José Adelmo León Gutiérrez, no se apropio o distrajo los bienes del Patrimonio Público o en poder de cualquier Organismo Público ni existió atentado alguno contra la Regularidad, con lo que los Caudales Públicos deben administrarse, sin especificar porque considera que no se materializaron tales acciones y por ende tales delitos, ni de que investigación, diligencia o experticia tuvo tal convencimiento evidenciándose una total inmotivación en cuanto a las razones que hacen presumir tales aseveraciones; aunado al hecho de que entre las diligencias practicadas y expuestas en el capitulo III de la solicitud, solo se mencionan la Orden de Inicio de la Investigación y remisión de comunicaciones, mas no que se haya practicado ninguna experticia, siendo que riela a los folios 72 vuelto al 86, copia del Informe Pericial Contable, suscrito por los funcionarios licenciados Miguel Ángel Salas Patiño y William Gerardo Aranguren Uranga, en relación con la Experticia Contable practicada en la Alcaldía del Municipio Bruzual, ubicada en Chivacoa, Estado Yaracuy, la cual fue recibida por la fiscalía del Ministerio Público en fecha 18/07/2007, tal y como consta de sello de recibido.
Del estudio de dicho Informe Pericial Contable, se evidencia específicamente en el punto 4.2 referente a las conclusiones que las Nominas revisadas en su mayoría carecen de firmas y los Recibos de Pago carecen en su mayoría de la cedula de identidad de los beneficiarios. Del mismo modo se extrae de dicho informe que en el punto 4.3 las “Órdenes de Pagos, no cumplieron con la legalidad del gasto desde el punto de vista del Control Fiscal” (negritas y subrayado propio); igualmente se dejo constancia que hubo inobservancia de La Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en virtud de


que las mismas no se encuentran soportadas por las respectivas Requisiciones, Ordenes de Compras o Servicios, Presupuestos, Facturas, Contratos Laborales, Nominas Personal Contratados, Hojas de Servicios y Memorándum de Solicitudes, así como, que no se había recibido hasta ese momento Originales o Copias Certificadas de las Ordenes de Pago N° 2151 y 1905; siendo que ninguna de estas conclusiones fueron tomadas en cuenta por la vindicta pública es su escrito de sobreseimiento.

Por otra parte el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que en el caso de que el Juez no aceptare la solicitud de sobreseimiento deberá enviar las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público, quien podrá ratificar o rectificar la petición.

Establecido lo anterior, concluye este Juzgador que la solicitud fiscal, es evidentemente escueta ya que no fueron tomados en cuenta elementos de convicción para solicitar el sobreseimiento, así como que la Fiscal no expuso cuales eran los elementos o razonamientos que la hacían presumir que no se había configurado los delitos; limitándose solo a expresar que no se evidenciaba apropiación o distracción de los bienes; por lo que se debe proceder conforme al contenido de la norma antes citada y por consiguiente no aceptar y declarar sin lugar la presente solicitud y remitir el presente asunto a la Fiscalía Superior del Estado Yaracuy a los fines de que ratifique o rectifique la petición.
De igual forma, este Juzgador estimó que no fue necesario convocar a las partes a la Audiencia Oral a la cual se refiere el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECLARA.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO interpuesta por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, seguida contra JOSÉ ADELMO LEÓN GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.576.474, por la comisión de los delitos de PECULADO DOLOSO PROPIO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO y MALVERSACIÓN GENERICA, prevista y sancionada en los artículos 52 y 56 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se Ordena remitir el presente asunto al Fiscal Superior del Estado Yaracuy a los fines de que ratifique o rectifique la petición, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.- Regístrese, Notifíquese a las partes y Remítase a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Yaracuy.
ABG. ROMEL ANTONIO OVIOL RODRIGUEZ
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
LA SECRETARIA
ABG. MARIA DE LOS ANGELES GIMÉNEZ

domingo, 6 de febrero de 2011

ESTOS SON LOS ROSTROS DE LOS VERDUGOS JUDICIALES EN EL EDO YARACUY.


Estos son los rostros de los verdugos de la justicia en Yaracuy que nadie puede olvidar, ellos tendrán que responder ante la justicia de los hombres pero sobre todo ante la justicia de dios por que han sometido a un injusto juicio a:
Biagio Pilieri, Asdrúbal rolando Lugo, Martínez Mario, Luis Martínez, John de Jesús Pernia Omaña, Raema Yaphet Álvarez escalona, Mirna Coromoto Torrealba Noguera, Gexiger Elena Rangel ortega, Beatriz Amalin Velásquez Figueroa y Orlando Manuel castellano Marín, ellos tienen comprobada INOCENCIA, aun asi los mantienen allí sometidos a toda clase de atropellos y violaciones a sus derechos... Pero no esta lejos el día de que se imponga la verdadera justicia.

EN EL CASO DEL DIPUTADO BIAGIO PILIERI ES DIFÍCIL HALLAR ALGO JURÍDICAMENTE CORRECTO.


JUDICIAL:
EN CASO DEL DIPUTADO BIAGIO PILIERI ES DIFÍCIL HALLAR ALGO JURÍDICAMENTE CORRECTO.

Abogados penalistas coinciden en que el diputado electo es víctima de un juicio político en el que el objetivo es mantenerlo preso.

Carlos Simón Bello enumeró ilegalidades.

En el proceso contra el Diputado Biagio Pilieri casi todo lo ocurrido en tribunales ha sido ilegal. Este es el criterio de los penalistas Carlos Simón Bello y José Luis Tamayo, quienes coinciden en que el parlamentario es víctima de un fraude legal cuyo objetivo es tenerlo preso.
“Como es un juicio político es difícil hallar algo jurídicamente correcto en el proceso”, indicó Bello, ex director del Instituto de Ciencias Penales de la UCV.
El Poder Judicial ha usado mecanismos de aparente legalidad para anular los dos juicios en los fue declarado inocente por un mismo hecho (peculado y malversación), enviarlo a un tercer proceso, violarle su inmunidad parlamentaria, tenerlo preso por dos años y prorrogarle la detención por un año más.
“En este caso, como en todos los juicios políticos, no hay forma de obtener un fallo apegado a la ley”, advirtió Tamayo, profesor de Derecho Penal.
Las aberraciones legales que según los especialistas se han cometido contra Pilieri han ocurrido en un lapso de dos años que se cumplieron ayer, y que es el tiempo que el diputado ha estado preso, primero en una comandancia y ahora en su casa.
Ilegal la inadmisión:
Sólo el jueves el Poder Judicial tomó dos decisiones contra Pilieri, que según los abogados son ilegales: una fue dictada por el Tribunal 3º de Juicio de Caracas (donde se ventilará el tercer juicio) y la otra por el TSJ.
El TSJ se negó a admitir el recurso presentado en agosto, en el que se solicitó aplicar la absolutoria dictada en julio y que no se ejecutó porque la Fiscalía pidió suspender sus efectos.
Los magistrados dijeron que el dictamen que declaró inocente a Pilieri ya no tiene vigencia porque en diciembre la corte anuló el juicio en el que fue dictado e incluso acordó celebrar un segundo proceso, que luego fue anulado por el propio TSJ.
“Si el TSJ no podía decidir porque la corte había anulado el juicio en el que se dictó la absolutoria que la defensa pretendía hacer valer, entonces todo debía quedar como estaba al principio del caso y en ese escenario también correspondía la libertad de Pilieri porque quien no está condenado se presume inocente y debe ser juzgado en libertad”, explicó.

Tamayo asevera que en los juicios políticos siempre pasa lo mismo: “No admiten los recursos para no decidir sobre el fondo”.

Injustificada la prórroga:
Que el juez haya extendido la privativa de libertad por un año más no estuvo justificado.
“Aunque la ley establece que la privativa puede prorrogarse, la decisión debe darse por causas graves. ¿Cuál es la razón para que Pilieri siga preso? No la hay”, afirmó Tamayo.
Bello expresó que existe incluso un problema adicional que anularía la decisión: como Pilieri no estaba en el tribunal, la audiencia no debió celebrarse y la prórroga no debió acordarse.
“No hay audiencia sin presencia, menos si lo que se decide es la libertad del imputado”, dijo.

Aberrantes los juicios.:
El envío de Pilieri a un tercer proceso por los mismos hechos por los que fue absuelto dos veces es aberrante, en criterio de los juristas.
En el primer juicio los escabinos lo declararon inocente, pero la jueza redactó mal la sentencia (no incluyó la motivación) y por eso se anuló la decisión. En el segundo juicio los escabinos lo absolvieron una vez más, pero la jueza Eglée Matute se negó a leer el fallo el mismo día en el que se tomó la decisión y por tal razón se anuló la segunda absolutoria.
“Los escabinos son abogados y los jueces saben cómo hacer para que se anule un proceso”, dijo Bello.

“En las dictaduras sofisticadas la persecución se hace legalmente, como en este caso, en el que cubren las apariencias”, manifestó.

Respaldo político:

El partido Convergencia se declaró en resistencia civil pacífica y anunció que saldrán a las calles de Yaracuy para protestar.
Pilieri informó que seguirá encadenado al balcón de su casa, donde se apostó para evitar ser trasladado.

* Dr. CARLOS SIMÓN BELLO RENGIFO
Formación académica:
■ Abogado Universidad Central de Venezuela, mención Magna Cum Laude, 1969
■ Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas, Universidad Central de Venezuela, 1980
■ Doctor en Derecho, Universidad Central de Venezuela, 1981.

Obras publicadas:
■ Justicia Penal
■ Derecho Penal Colateral
■ Ley de Libertad Provisional bajo Fianza. Comentarios (Obra Colectiva).
■ Libro Homenaje a José Rafael Mendoza Troconis (Coordinador). Artículos varios.

sábado, 5 de febrero de 2011

Solidaridad con Biagio Pilieri.



El día de hoy 05/02/11 en nombre del Pueblo de Barinas acompañamos al Diputado Biagio Pilieri en su decisión contemplada en la Constitución de declararse en "RESISTENCIA PACÍFICA"

La patria premiará a todos que hoy luchen por su libertad, es por eso, que estoy seguro de que personas como diputado Pilieri reciben el abrazo del pueblo, por su coraje, dignidad y su fuerza frente a los atropellos, persecuciones, adversidades. Hoy le pid ...o a Dios que derrame aire de bendiciones y esperanzas al diputado Biagio Pilieri quién fue electo con la voluntad de Dios y la mayoría del pueblo yaracuyano. Los Barineses, mi familia y yo les damos nuestro apoyo de solidaridad infinita a todo el pueblo de Yaracuy que no se sienten representados en la AN hoy en día, por un capricho de Chávez. Esto nos debe llevar a estar más unidos que nunca. ¡Triunfaremos!
De: Wilmer Azuaje Cordero

jueves, 3 de febrero de 2011

Pilieri seguirá privado de libertad por un año más



Norma Delgado, abogada del diputado electo Biaggio Pilieri informó que fue aprobado por un año más la prórroga para mantener la privativa de libertad contra Pilieri. «Con lo que ha pasado hoy se pretende es condenarlo», agregó.
«El Ministerio Público sin causa justificada solicitó que se acordará una prórroga de dos años para mantener la privativa de libertad, toda vez que no había culminado el proceso con una sentencia», explicó Delgado.

La abogada indicó que la defensa de los otro 4 detenidos también se opusieron a la medida, pues no hay razones que existen razones que la sustenten. «Esta defensa le indicó a un juez que esa no es una prórroga para continuar el proceso, si no una prórroga para mantener esta violación de derechos constitucionales de nuestro defendido», agregó.

«Un año es suficiente para mantener está violación», añadió Delgado, quien además señaló que permanecer un año más privado de libertad no afectará el proceso judicial que se lleva en su contra.

«Lo que se pretende con lo que ha pasado hoy es condenarlo», sentenció.

Pilieri: «una farsa más»

El diputado electo Biaggio Pilieri calificó la acción como «una farsa más».

«Era una decisión anunciada, por eso tuve la fórmula de resistencia cívica, pacífica y democrática de no ir a esa farsa de audiencia. Dije que no iba a esa farsa y no fui. Lo anuncio tampoco voy a la farsa de ese tercer juicio. Me van a tener que sacar a la fuerza o muerto», aseveró.

Agregó que no se prestará para que intenten crucificar a la Constitución y el estado de derecho. Al mismo tiempo, dijo que ir a un tercer juicio sería el «suicidio» del debido proceso en Venezuela.

«No me quieren en la calle. No me quieren en libertad (..) se intenta dar un palo a lo que es la inmunidad parlamentaria. Nosotros nos mantendremos firmes», enfatizó.

Pilieri se mantiene encadenado a su vivienda en San Felipe, Estado Yaracuy. Norma Delgado, abogada del diputado electo Biaggio Pilieri informó que fue aprobado por un año más la prórroga para mantener la privativa de libertad contra Pilieri. «Con lo que ha pasado hoy se pretende es condenarlo», agregó.
«El Ministerio Público sin causa justificada solicitó que se acordará una prórroga de dos años para mantener la privativa de libertad, toda vez que no había culminado el proceso con una sentencia», explicó Delgado.

La abogada indicó que la defensa de los otro 4 detenidos también se opusieron a la medida, pues no hay razones que existen razones que la sustenten. «Esta defensa le indicó a un juez que esa no es una prórroga para continuar el proceso, si no una prórroga para mantener esta violación de derechos constitucionales de nuestro defendido», agregó.

«Un año es suficiente para mantener está violación», añadió Delgado, quien además señaló que permanecer un año más privado de libertad no afectará el proceso judicial que se lleva en su contra.

«Lo que se pretende con lo que ha pasado hoy es condenarlo», sentenció.

Pilieri: «una farsa más»

El diputado electo Biaggio Pilieri calificó la acción como «una farsa más».

«Era una decisión anunciada, por eso tuve la fórmula de resistencia cívica, pacífica y democrática de no ir a esa farsa de audiencia. Dije que no iba a esa farsa y no fui. Lo anuncio tampoco voy a la farsa de ese tercer juicio. Me van a tener que sacar a la fuerza o muerto», aseveró.

Agregó que no se prestará para que intenten crucificar a la Constitución y el estado de derecho. Al mismo tiempo, dijo que ir a un tercer juicio sería el «suicidio» del debido proceso en Venezuela.

«No me quieren en la calle. No me quieren en libertad (..) se intenta dar un palo a lo que es la inmunidad parlamentaria. Nosotros nos mantendremos firmes», enfatizó.

Pilieri se mantiene encadenado a su vivienda en San Felipe, Estado Yaracuy.

Dip Biagio Pilieri se niega a traslado nuevamente y permanece encadenado


03/02/2011 05:19:44 a.m.

El diputado electo Biagio Pilieri, desde el balcón de su vivienda, precisó que en la madrugada llegó un comando de la Guardia Nacional para trasladarlo a los tribunales y que a sus integrantes les dijo que no habían condiciones para levantar su protesta pacífica y democrática, pero firme

Aproximadamente a las 3:40 am se presentó una comisión de la Guardia Nacional a la residencia del diputado Pilieri para trasladarlo a la ciudad de Caracas.

El diputado electo afirmó que no se presentaría a la audiencia que busca prorrogar la detención y mantenerlo preso dos años más, junto con otras ocho personas inocentes.

Pilieri declaró que no se asistiría a un pelotón de fusilamiento y tenía entendido que los otros detenidos por el mismo caso fueron trasladados desde los calabozos de la Policía de Yaracuy, pero no conocía el destino.

El diputado refirió que en una conversación telefónica que sostuvo con el Presidente de la Asamblea Nacional expresó su preocupación y su reclamo por el desconocimiento de las leyes, la decisión de mantenerlo privado de libertad y el irrespeto a la pluralidad en el parlamento por el desconocimiento de los votos que lo llevaron a la curul.

Según Pilieri, el Presidente de la AN lo escuchó con atención y le comunicó que era inminente la elaboración del informe sobre su caso.
El abogado Alejandro Arzola informó que le comunicó a la Guardia Nacional la negativa del parlamentario a acudir al tercer juicio, hecho tras el cual los efectivos se retitaron de la vivienda.

"Le informamos a la Guardia Nacional que el diputado Pilieri se niega al traslado por considerarlo ilegal y arbitrario", explicó.

Arzola manifestó esperar que se respeten las leyes del país y la Constitución, las cuales establecen que los imputados deben estar presentes durante la audiencia de juicio. "Aspiramos que se le respeten sus derechos en esta audiencia prevista para las 10:00 am (...) Nosotros aspiramos que hoy impere la justicia e impere la razón", expresó.

Recordó que Pilieri cumple dos años preso sin juicio este viernes, por lo cual debería ser dejado en libertad según lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. También hizo un llamado al presidente Chávez y a la presidenta del TSJ, Luisa Estela Morales, a quienes calificó como "garantes de la Constitución" para que se restablezca el principio constitucional.

El diputado Pilieri continúa encadenado al balcón de su casa. La audiencia de juicio fijada para este miércoles fue diferida para hoy a las 10:00 am en el Tribunal Tercero de Juicio en Caracas.

miércoles, 2 de febrero de 2011

Biagio Pilieri no quiere ser trasladado a Caracas para el inicio de su tercer juicio


A las 3:45 am llegó una comisión del Sebin y de la Guardia Nacional para llevar a cabo el traslado de Pilieri a Caracas para iniciar el tercer juicio. Sin embargo, el diputado electo por el estado Yaracuy decidió encadenarse a una columna de su casa. En el lugar se encuentran apoyándolo un grupo de manifestantes, el diputado Juan José Caldera y los dirigentes políticos Carlos Vecchio y Leopoldo López, entre otros
Desde tempranas horas de la madrugada, el diputado electo por el estado Yaracuy, Biagio Pilieri, se encuentra en su residencia evitando su traslado a Caracas para que inicie su tercer juicio.

Llamentó que, como es costumbre en su "arbitrario" caso, fue notificado a última hora de su traslado al Tribunal Tercero de Juicio en Caracas. Le informaron que el traslado se realizará a las cuatro de la mañana de este miércoles.

Sin embargo, a las 3:45 amllegó una comisión del Sebin y la Guardia Nacional para hacer efectivo el traslado, pero el diputado electo se negó y procedió a encadenarse a una columna de su casa.

Indicó que asume "un derecho constitucional" y se declara "en resistencia pacífica".

En un contacto telefónico en horas de la madrugada indicó que "este traslado que se está intentando hacia Caracas en horas de la madrugada no tiene otro sentido que llevarme a un pelotón de fusilamiento".

A las 5:30 am, expresó que estamos en mi casa en una actitud de resistencia pacífica, civil, demócratica. Agoté todas las vías. Un tercer juicio es una farsa, luego de 2 años de prisión, dos absoluciones, seis años de persecusión".

Más temprano

El diputado Ismael García dijo que hay una orden para trasladar al diputado electo Biagio Pilieri a Caracas. Aseguró que se tiene previsto juzgarlo el miércoles en un tribunal ordinario, lo que, a su juicio, viola sus derechos.

En una llamada a Globovisión, Pilieri dijo: "Aquí estamos esperando que sucedan los acontecimientos. Calificamos a este tercer juicio como una farsa, como un fraude, una falta de respeto con la volunta popular expresada en septiembre".


Garcia consideró que, debido a que la Asamblea estableció una comisión para estudiar el caso, no debe llevarse a cabo el traslado para juzgarlo en la capital.


Agregó que la comisión debe tomar la decisión, como corresponde a los mecanismos de quien tiene inmunidad parlamentaria, que, a su juicio, el Gobierno no le ha respetado a Pilieri.


El diputado Andrés Velásquez consideró que la comisión que debe estudiar el caso en la Asamblea Nacional no es más que un "saludo a la bandera" y prometió que Pilieri será un estandarte de la MUD hasta que sea puesto en libertad.


"Definitivamente aquí no queda duda, para quien la haya podido tener, aquí está claro que contra Pilieri, así como contra otros detenidos políticos lo que existe es un ensañamiento y una crueldad por parte del Gobierno", agregó Velásquez.


Dijo que Pilieri es un diputado y su condición de diputado ha sido irrespetada. "Su inmunidad ha sido desconocida por el Gobierno. Ha sido juzgado dos veces por la misma causa y ambas veces ha sido absuelto. Hay un ensañamiento y una persecución en su contra", aseveró.

martes, 1 de febrero de 2011

Dip Biagio Pilieri envia carta a Chávez para exigirle su "libertad inmediata"

El diputado electo Biagio Pilieri envió una carta al presidente Hugo Chávez a propósito de la conmemoración de los hechos del 4 de febrero de 1992. Pilieri recordó que este viernes cumple 2 años detenido, por lo que le solicitó su libertad inmediata.

"Usted (Chávez) debe garantizar que yo sea puesto inmediatamente en libertad e incorporado a mis plenas funciones como diputado. De lo contrario quedará claro ante la historia el contraste entre mi situación y el trato que usted recibió por los hechos del 4 de febrero de 1992", escribió el parlamentario.

Lea carta pública del diputado electo Biagio Pilieri al presidente Hugo Chávez con motivo del 4 de febrero



Presidente Chávez:

El 4 de febrero de 1992 usted se levantó contra el orden constitucional y fue detenido. Aceptó la responsabilidad de esos hechos desde aquel momento; se negó a ser juzgado y su decisión fue respetada por las autoridades. Permaneció preso dos años hasta que la nueva política de pacificación le dio la libertad, junto a otros oficiales como el hoy diputado Francisco Arias Cárdenas. Usted ha dicho que el pueblo de todas formas iba a liberarlo, como ocurrió con David Nieves y el propio Carlos Andrés Pérez, por el voto popular y sin que se hubiese concluido el juicio respectivo que se les seguía.

Yo en cambio fui detenido el 4 de febrero de 2009; y mientras el gobierno conmemoraba esa fecha como un momento de “dignidad popular”, para mí y otros Yaracuyanos comenzaba ese día un calvario lleno de atropellos, vejaciones e ilegalidades contra nosotros. Fui aprendido sin haber cometido ningún delito, cuando cumplía mi deber como concejal del Municipio Bruzual de Yaracuy. Se me encarceló arbitrariamente, a pesar de que la Constitución consagra el derecho a ser juzgado en libertad. Y aún permanezco preso a pesar de que he sido juzgado dos veces y encontrado inocente de todo cargo por dignos escabinos del pueblo. Triste es sin duda que esto suceda mientras el poder judicial del país está presidido por una yaracuyana que ha permitido estos atropellos contra mí y otros honestos ciudadanos, “en nombre de la justicia”, mientras acciones legales que me asisten nos son negadas, y otras ni contestadas como un recurso de Amparo ante la Sala Constitucional del TSJ.

Casi cien mil yaracuyanos me escogieron como su representante ante la nueva Asamblea Nacional y se ha desconocido la inmunidad parlamentaria que me asiste desde el momento de la proclamación, tal y como lo reza el Artículo 200 de nuestra Constitución, el cual fue concebido así desde su origen por la Asamblea Nacional Constituyente y aprobado por el voto popular del Soberano. En contrario, se ha dicho que no me ampara este Derecho hasta que esté juramentado y se me mantiene preso para impedirme asistir a la Asamblea Nacional.

Usted habló de diálogo en su último mensaje ante el parlamento, pero sigo preso y se pretende someterme a un tercer juicio por la misma Causa en Caracas para condenarme. Todos valoramos el diálogo, y ante su llamado de ese diálogo ante el país, usted debe garantizar que yo sea puesto inmediatamente en libertad e incorporado a mis plenas funciones como diputado. De lo contrario quedará claro ante la historia el contraste entre mi situación y el trato que usted recibió por los hechos del 4 de febrero de 1992.

Atentamente,


Biagio Pilieri
Diputado por el Estado Yaracuy

“¡Viva la Libertad!. El sol nunca ha iluminado un logro humano más glorioso”.

(Nelson Mandela)

viernes, 28 de enero de 2011

Exigen incorporación de Pilieri


EL UNIVERSAL

viernes 28 de enero de 2011 12:00 AM

Las comisiones permanentes de la Asamblea Nacional se instalaron formalmente en Pajaritos sin que estas instancias dieran a conocer una agenda definitiva de trabajo. No obstante, Richard Arteaga (PJ) de la Comisión de Contraloría explicó que exigieron al presidente de la misma, Héctor Navarro (PSUV), presente un inventario de los casos de corrupción que se denunciaron en el anterior período.

Juan Carlos Caldera (PJ), de la Comisión de Política Interior, señaló que la próxima semana recibirán una lista de las leyes en mora, como la Ley de Desarme que aunque está en manos de la Comisión de Defensa también será trabajada por la instancia que ahora preside Cilia Flores.

Los diputados de la MUD denunciaron que la AN excedió sus facultades al incorporar sin ningún trámite al suplente del diputado detenido Biagio Pilieri quien ayer “debió integrarse a la Comisión de Poder Popular y Medios de Comunicación”. El diputado Eduardo Gómez Sigala dijo: “Queremos que se reconozca la inmunidad y condición de diputado electo de Pilieri”. SCD

lunes, 24 de enero de 2011

Magistrada califica de inválido fallo contra diputado Biagio Pilieri


La validez de la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que anuló el juicio contra el diputado opositor Biaggio Pilieri y que ordenó repetirlo, por segunda vez, pero en Caracas fue puesta en duda por una miembro del propio máximo juzgado.
La magistrada de la Sala Penal, Blanca Rosa Mármol de León, denunció que la decisión contra el legislador se adoptó obviando normas de la Ley que regula al órgano rector del Poder Judicial.

En un escrito que ayer consignó ante la Secretaría de la Sala Penal, Mármol aseguró que sus colegas, Eladio Aponte (presidente y ponente del caso), Deyanira Nieves y Ninoska Queipo, violaron los artículos 101 y 102 del texto, pues ella nunca fue llamada la reunión donde se acordó el avocamiento y se anuló el juicio y tampoco se le dio el proyecto de sentencia para que ella pudiera fijar su opinión.

Sospechas confirmadas
Cuando el río suena es porque piedras trae. Así reza un refrán, el cual parece ajustarse a la perfección al caso de Pilieri, pues días antes de que el TSJ decidiera anular el juicio sus abogados advirtieron de la posibilidad de que esto ocurriera, debido a que creían que la decisión los terminaría favoreciendo.

Las sospechas de los representantes del legislador fueron confirmadas ayer por Deivis Calderón, uno de los dos escabinos que junto a la jueza Eglée Matute escucharon los argumentos a favor y en contra de condenar al diputado por los presuntos hechos de corrupción que habría cometido cuando fue alcalde de Bruzual.

Calderón, en entrevista a Globovisión, aseguró que durante el debate oral y público que apresuradamente se celebró en diciembre la Fiscalía no logró convencerlo a él y al otro escabino de la responsabilidad de Pilieri y por eso decidieron absolverlo.

“Pilieri es inocente porque no se le consiguieron las pruebas necesarias para condenarlo (…) Fue demostrado en juicio que él no malversó fondos”, dijo y cuestionó la labor de los fiscales, pues reveló que no le permitieron leer los documentos que presentaron.

Calderón, quien se desempeña como mototaxista, no ocultó su molestia por la decisión del TSJ. “¿Para qué se hace un sorteo de escabinos si no van a respetar las decisiones de cada quien? Háganlo con la jueza y los abogados y dejen el pueblo tranquilo”.

Por último, el escabino dijo temer por su seguridad y por ello demandó de las autoridades que tomen las medidas para garantizársela.

viernes, 21 de enero de 2011

Otro escabino en caso Pilieri ratifica su inocencia



Este viernes otroescabino en el caso contra Biaggio Pilieri ratificó la inocencia del diputado electo. Esta vez Domingo Torrelles habló a favor de Pilieri y en apoyo a las palabras del otro escabino Deivis Calderón.

Torrelles declaró que los escabinos se sintieron ofendidos y humillados porque pasaron las navidades metidos en tribunales y “pisotearon” su decisión.

El escabino aseguró que los nueve imputados por el caso mismo caso que el diputado Pilieri están siendo procesados injustamente porque son inocentes.

Torrelles declaró que no teme que lo persigan porque no ha cometido ningún delito y que si por decir la verdad también son procesados, entonces por el caso de Pilieri serán 12 los enjuiciados.

Aunque no aseguró que a la jueza de la causa la presionaran para dar un fallo en contra, sí aseveró que la jueza recibía llamadas y se le veía my preocupada.

jueves, 20 de enero de 2011

Escabino del caso contra Pilieri denuncia violación de sus derechos humanos.


El escabino principal del caso contra el diputado electo Biaggio Pilieri en el estado Yaracuy, Deivis Calderón, denunció en exclusiva a Globovisión que tras manifestarle a la jueza Eglée Calderón que emitirían una decisión favorable a Pilieri no fue dictada la sentencia. “Yo creo que se nos violaron los derechos humanos, yo y mis compañeros también. Ellos me dicen que los derechos humanos nos los violaron”, explicó.

Calderón indicó que el viernes antes de emitir el veredicto la jueza se mostró sorprendida por la decisión y tras algunas llamadas telefónicas manifestó sentirse mal. "Ella se queda sorprendida y dice que no puede dar esa decisión", afirmó.

Posteriormente, fue suspendida la audiencia para el día lunes, cuando Matute se reportó enferma. Tras estos hechos el juicio fue anulado y trasladado a la ciudad de Caracas. "Eso nos sorprendió a nosotros por completo", aseguró.

Indicó que Pilieri "es inocente porque no se le consiguieron las pruebas necesarias para condenarlo (...) Fue demostrado en juicio que él no malversó". Manifestó que "la decisión de nosotros era absolverlo por toda costa ya que no conseguimos que la Fiscalía tuviera mayor prueba de lo que le imputaban".

"Si a nosotros nos juramentaron como escabinos es porque iban a respetar nuestra decisión. Nos violaron los derechos", denunció.

Calderón explicó que recibió una notificación, acudió al tribunal y fue seleccionado por su instrucción como escabino principal, junto a otras dos personas. Aseguró que no volvería a participar en un proceso. "Yo creo que eso de escabino se va a eliminar", dijo.

Información extraida de Globoisión.

miércoles, 19 de enero de 2011

EN ESTE DOCUMENTO Y A PESAR DE LOS ADEFESIOS JURIDICOS ALEGADOS LA CORTE, EL DIP BIAGIO PILIERI ES INOCENTE.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
Corte de Apelación Penal
San Felipe, 28 de Julio de 2010
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2009-000297
ASUNTO : UP01-R-2010-000057

ACUSADOS: BIAGGIO PIRIELI GIANNIOTO, ASDRUBAL ROLANDO LUGO, MARTINEZ MARIO LUIS MARTINEZ, JHON DE JESUS PERNIA OMAÑA, RAEMA YAPHET ALVAREZ ESCALONA, MIRNA COROMOTO TORRELABA NOGUERA, GEXIGER ELENA RANGEL ORTEGA, BEATRIZ AMALIN VELASQUEZ FIGUEROA Y ORLANDO MANUEL CASTELLANO MARIN

MOTIVO: EFECTO SUSPENSIVO
PROCEDENCIA: TRIBUNAL DE JUICIO Nº 3 DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL ESTADO YARACUY

PONENTE: ABG. REINALDO OCTAVIO ROJAS REQUENA

Corresponde a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, conocer del presente Efecto Suspensivo, interpuesto por el Abg. JUAN GUTIERREZ en su condición de Fiscal N° 12 del Ministerio Público con competencia Nacional en Materia Contra la Corrupción, en contra de Sentencia Absolutoria dictada por el Tribunal de Juicio Mixto N° 03 de este Circuito Judicial Penal en fecha 19 de julio de 2010, dentro del marco de la celebración del juicio oral y público seguido a los ciudadanos: BIAGGIO PIRIELI GIANNIOTO, ASDRUBAL ROLANDO LUGO MARTINEZ, MARIO LUIS MARTINEZ, JHON DE JESUS PERNIA OMAÑA, RAEMA YAPHET ALVAREZ ESCALONA, MIRNA COROMOTO TORRELABA NOGUERA, GEXIGER ELENA RANGEL ORTEGA, BEATRIZ AMALIN VELASQUEZ FIGUEROA Y ORLANDO MANUEL CASTELLANO MARIN, por la comisión de los delitos de Malversación Agravada de Fondos Públicos, Peculado Doloso Propio, Concertación Ilegal con Contratista, previstos y sancionados en los artículos 52, 57 y 70 de la Ley Contra la Corrupción.

En fecha Veintiséis (26) de Julio de 2.010, se le da entrada al Recurso de Apelación bajo la nomenclatura signada con el N°. UP01-R-2010-000057, asentándolo en los registros informáticos correspondientes llevados por esta Corte de Apelaciones.

En la misma fecha (26/07/2010), se Constituye la Corte de Apelaciones con los Jueces Superiores Abg. JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA, Abg. DARIO SEGUNDO SUAREZ JIMENEZ y Abg. REINALDO OCTAVIO ROJAS REQUENA, a quien se designó como ponente en el presente asunto según el Sistema Juris 2000.


MOTIVACIONES PARA DECIDIR


De la revisión que se efectuó a las actuaciones que conforman el presente recurso, se pudo evidenciar que en fecha 19 de Julio de 2010, se llevó a cabo la Audiencia de continuación del Juicio Oral y Público, seguido a los ciudadanos: BIAGGIO PIRIELI GIANNIOTO, ASDRUBAL ROLANDO LUGO MARTINEZ, MARIO LUIS MARTINEZ, JHON DE JESUS PERNIA OMAÑA, RAEMA YAPHET ALVAREZ ESCALONA, MIRNA COROMOTO TORRELABA NOGUERA, GEXIGER ELENA RANGEL ORTEGA, BEATRIZ AMALIN VELASQUEZ FIGUEROA y ORLANDO MANUEL CASTELLANO MARIN, por la comisión de los delitos de Malversación Agravada de Fondos Públicos, Peculado Doloso Propio, Concertación Ilegal con Contratista, previstos y sancionados en los artículos 52, 57 y 70 de la Ley Contra la Corrupción; en la cual el Tribunal de Juicio Mixto N° 03 de este Circuito Judicial Penal, por Mayoría Calificada, dicto una Sentencia Absolutoria a favor de los referidos Ciudadanos; en consecuencia el Fiscal Nacional del Ministerio Público, solicitó que no se materializara la sentencia dictada y se mantenga en todos sus efectos la medida de coerción personal que se les había impuesto y que mantienen los acusados, por cuanto va a ejercer el recurso procedente, conforme al articulo 439 del Código Orgánico Procesal Penal.

En tal sentido se observa que el Ministerio Público conforme a lo establecido en el artículo 439 de la norma adjetiva Penal, esta impugnando la sentencia absolutoria dictada en fecha 19 de Julio de 2010 por el Tribunal de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, fundamentándose en la norma adjetiva mencionada que textualmente señala lo siguiente:
“La Interposición de un recurso suspenderá la ejecución de la decisión, salvo que expresamente se disponga lo contrario”.
En cuanto a la Impugnación de la Sentencia, el Autor Alberto M. Binder, en su obra titulada “introducción al derecho procesal penal”, 2ª edición actualizada y ampliada”, establece que “la Sentencia es, pues, el acto procesal que produce los mayores efectos jurídicos. Por tal razón. Esa sentencia debe ser controlada o revisada. Este control del producto genuino del Juez se realiza a través de ciertos mecanismos procesales que puedan provocar una revisión total o parcial de esa sentencia y, por extensión, también de otros actos procesales que producen efectos jurídicos eventualmente gravosos para algunos de los sujetos procesales.
Esos mecanismos procesales son los recursos: estos son los medios de impugnación de la sentencia y otras resoluciones, y a través de ellos se cumple con el principio de control.
La idea de control también es un principio central en la estructuración del proceso y de todo el sistema de justicia penal. Esta idea de control se fundamenta en cuatro pilares:
a) la sociedad debe controlar como sus jueces administran justicia.
b) El sistema de justicia penal debe desarrollar mecanismos de autocontrol, para permitir la planeación institucional.
c) Los sujetos procesales tiene interés en que la decisión judicial sea controlada
d) Al estado le interesa controlar como sus jueces aplican el derecho.”

Al respecto, en sentencias dictadas por esta Corte de Apelaciones, citando a el Maestro VINCENZO MANZINI en tornos a las impugnaciones Judiciales, se estableció que, son actividades procesales que determinan una nueva fase del mismo procedimiento, en la que se controla o se renueva el juicio anterior y que en un sistema procesal, la admisión de tales medios son indispensables.
Igualmente ha señalado esta Alzada, que todo lo relativo al ejercicio de los recurso y la garantía de la doble instancia están señalados en el Libro Cuarto Titulo Primero del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales están sustentado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que ha sido concebida como el instrumento que contiene la refundación del estado venezolano, con una visión garantista y que en el marco de los recursos procura, a través de estos mecanismos procesales, el control de los fallos judiciales, en garantía al principio de la doble instancia, posibilitándole al agraviado un mecanismo lógico como medio para la obtención de una nueva sentencia y anular una decisión judicial. Así los jueces conocedores de los medio de impugnación, deben someterse en primer lugar a las normas de rango constitucional; igualmente a normas ordinarias o materiales, para resolver sobre el fondo y a las normas procesales que conducen la actividad jurisdiccional para arribar a la decisión.

Ahora bien, esta Corte de Apelaciones, en decisiones dictadas en los asuntos Nº UP01-R-2009-000016 y UPO1-P-2010-000049, ha sostenido que entre los efectos mas resaltantes de las impugnaciones, se tiene el efecto suspensivo, relacionado intrínsecamente con el acto jurisdiccional que hoy nos ocupa y el cual apunta a la posibilidad de intentar actualmente una apelación durante el plazo para proponerla y la efectiva interposición de la impugnación. Asimismo ha señalado este tribunal colegiado que, el efecto suspensivo, cuando no esta expresamente negado desde el punto de vista de la doctrina que se analiza, es general absoluto y constante en cuanto impide que la providencia venga a ser, ejecutiva, esto es propio no solo de las impugnaciones regularmente propuesta, sino de las irregulares mientras no haya sido revocada por el juez competente, su inadmisión, por lo que subsiste su efecto hasta pronunciamiento definitivo de la instancia a la cual le corresponda conocer la declaratoria con lugar o sin lugar.
En consecuencia, el efecto suspensivo impide que se haga ejecutiva la providencia impugnada y produce el efecto de mantener en vida la acción penal, de manera que cualquier providencia, que deba tomarse, entre tanto se debe referir a las consecuencia del efecto y no a la condena o absolución contenida en el recurso de apelación que sobre esta se ejerza; para la legislación italiana y en el orden conceptual que se ha expresado, la consecuencia inmediata es la suspensión de efectos de derecho material, es decir, si la sentencia inflige sanciones penales o contienen sanciones administrativas o civiles, su ejecución queda en suspenso.”
En el presente caso, el Ministerio Público, una vez concluido el juicio oral y publico y ante la decisión absolutoria dictada por el Tribunal de Juicio Mixto Nº 03, interpuso el mismo día y en el mismo acto, el recurso bajo la modalidad de efecto suspensivo de acuerdo al articulo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, alegando que: “….. no se materialice en esta sala la decisión que acaba de dictar en cuanto a la medida de libertad y que se mantenga la privativa por ser no coherente con la realidad de los hechos….”; por lo que una vez interpuesta la incidencia el A-quo, acordó suspender los efectos de la decisión y ordenó el trámite de la misma ante este Órgano Superior.

En orden a lo expuesto, la Doctrina emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en doctrina aparecida en sentencia de fecha 27 de Junio de 2003, ponencia del Magistrado Josè Manuel Delgado Ocando, se ha establecido que:
“omisis... cuando el Juzgador acuerda la liberación del imputado y el Ministerio Público ejerce el recurso de apelación contra tal decisión, la misma se suspenderá provisionalmente, mientras se tramita el conocimiento del caso en alzada. Así es posible afirmar que se trata de una medida de naturaleza instrumental y provisional, cuya eficacia está limitada en el tiempo, por cuanto la suspensión se extingue al dictarse la decisión de alzada, sea que confirme o que revoque la providencia apelada. De esta forma y sin que ello contraríe el carácter garantista de los derechos del imputado y del acusado que caracteriza al Código Orgánico Procesal Penal, este prevé el efecto suspensivo en referencia, a fin de asegurar la posibilidad de aplicar, posteriormente la sanción privativa de libertad, en caso de que se revoque la decisión impugnada, ello , al objeto de garantizar la aplicación de la ley penal y, por tanto, tutelar los bienes jurídico que a través de ella se protege”
Así las cosas, es importante destacar que la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Héctor Coronado, en fecha 13 de Julio de 2010, con ocasión a una solicitud de Avocamiento, relacionada con una decisión dictada por el Juez de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Lara y confirmada por la Corte de Apelaciones de ese mismo estado, la cual a su decisión cita textualmente la resolución dictada la Corte de Apelaciones del estado Yaracuy, en el asunto Nº UP01-R-2009-000016, concerniente al EFECTO SUSPENSIVO, contemplado en el artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal; estableció el siguiente criterio:
“…….., el auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia Mixto en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y confirmado por la Corte de Apelaciones del referido circuito judicial penal, que dejó en suspenso la libertad del acusado, Jesús María Peña Pernalete, es una decisión de carácter provisional, que tiene por objeto asegurar la aplicación de la sanción esto, en el caso que la sentencia sea revocada por el Tribunal de Alzada, al conocer del recurso de apelación, que sobre el fondo del asunto interpuso el Ministerio Público.
Por lo tanto, la Sala concluye, que estando el efecto suspensivo previsto en la ley, como una medida de carácter provisional dirigida a garantizar la aplicación de la ley penal y sin menoscabo de los derechos y garantías del acusado (artículos 44 y 49, ordinal 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), el auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia Mixto en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y confirmado por la Corte de Apelaciones del mismo circuito judicial, que dejó sin efecto la boleta de excarcelación librada contra el acusado …..omisis…., se encuentra ajustado a derecho, en virtud de lo cual, debe declararse sin lugar, de mero derecho, la solicitud de avocamiento……omisis….” (Negrillas nuestras)
Como consecuencia de esta declaratoria con lugar del efecto suspensivo interpuesto por la vindicta Pública, esta Corte de Apelaciones debe declarar la plena vigencia, del auto en el cual el Tribunal de Juicio Mixto Nº 03, suspende los efectos de la decisión y ordena el trámite de la misma, por lo que con meridiana claridad al suspenderse los efectos del dispositivo de la sentencia absolutoria que fue dictada el día 19 de Julio de 2010, durante la celebración del juicio oral y publico, la libertad de los acusados BIAGGIO PIRIELI GIANNIOTO, ASDRUBAL ROLANDO LUGO MARTINEZ, MARIO LUIS MARTINEZ, JHON DE JESUS PERNIA OMAÑA debe ser declarada en suspenso provisionalmente, hasta tanto el Ministerio Público presente formal apelación, dentro del lapso de Ley, y en consecuencia, esta corte de apelaciones entre a conocer el recurso de apelación de sentencia definitiva.
DISPOSITIVO
Con las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar el Efecto Suspensivo anunciado por el Abg. JUAN GUTIERREZ en su condición de Fiscal N° 12 del Ministerio Público con competencia nacional en materia contra la corrupción, en la causa Principal UP01-P-2009-000297, que cursa por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Mixto No. 03, de conformidad con el articulo 439 de la ley adjetiva penal, como consecuencia de esta declaratoria, esta Corte de Apelaciones debe declarar la plena vigencia del auto en el cual la juez profesional Abg. Jenny Andaluz dejó sin efecto la orden de librar boletas de excarcelación para los ciudadanos BIAGGIO PIRIELI GIANNIOTO, ASDRUBAL ROLANDO LUGO MARTINEZ, MARIO LUIS MARTINEZ, JHON DE JESUS PERNIA OMAÑA, por lo que con meridiana claridad al suspenderse los efectos del dispositivo de la sentencia absolutoria que fue dictada el día 19/07/2010, durante la celebración del juicio oral y publico, la libertad de los acusados debe ser declarada en suspenso, hasta tanto la vindicta pública interponga Recurso de Apelación dentro del lapso de Ley, y en consecuencia, esta corte de apelaciones entre a conocer el recurso de apelación de sentencia definitiva. Regístrese, publíquese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en San Felipe a los Veintiocho (28) días del Mes de Mayo de Dos Mil Diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151 ° de la Federación.
Los Jueces de la Corte de Apelaciones

ABG. JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA
JUEZ SUPERIOR PROVISORIO PRESIDENTE


ABG. REINALDO OCTAVIO ROJAS REQUENA
JUEZ SUPERIOR PROVISORIO
(PONENTE)


ABG. DARIO SEGUNDO SUAREZ JIMENEZ
JUEZ SUPERIOR TEMPORAL

ABG. DOUGLAS FUENTES
SECRETARIO


Copia fiel y exacta al texto Original.

http://yaracuy.tsj.gov.ve/decisiones/2010/julio/1444-28-UP01-R-2010-000057-UG012010000136.html

martes, 18 de enero de 2011

Califican de nula sentencia del TSJ contra Pilieri


JUAN FRANCISCO ALONSO | EL UNIVERSAL
martes 18 de enero de 2011 12:00 AM


La sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia que ordenó repetir, por segunda vez, el juicio por corrupción que se le sigue al diputado opositor por Yaracuy, Biaggio Pilieri, estaría viciada “de nulidad”, debido a que esa instancia no habría estado correctamente integrada.

La afirmación la hizo el ex decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela, Alberto Arteaga Sánchez, quien aseveró que la no convocatoria de la magistrada Blanca Rosa Mármol de León a la reunión donde se adoptó esa medida vulneró el principio del juez natural.

“Se trata de una grave irregularidad que, una vez más afecta, los derechos del diputado ilegalmente sometido a juicio”, afirmó el penalista, quien agregó además: “No basta alegar que tres magistrados hacen mayoría. Una decisión es válida con la mayoría de tres magistrados, pero deben ser todos convocados para conformar, con su opinión, la voluntad de la Sala y poder expresar su conformidad con la ponencia o su disentimiento, a través de un voto salvado”.

El fallo que ordenó repetir el juicio contra el diputado y trasladarlo hasta Caracas lo aprobaron los magistrados Eladio Aponte Aponte (ponente), Deyanira Nieves y la flamante nueva magistrada Ninoska Queipo el pasado 11 de enero. Por su parte, Héctor Coronado y Blanca Rosa Mármol de León no participaron en la decisión, por motivos justificados, según el dictamen.

No obstante, horas después en predios del máximo juzgado se conoció que Mármol no había sido llamada, versión que confirmó la magistrada posteriormente.

Los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica del TSJ establecen que las salas del organismo rector del Poder Judicial deben sesionar con la mayoría absoluta de sus miembros y que las decisiones deben ser adoptadas por igual número. La Sala Penal está compuesta por cinco miembros y la mayoría es de tres, pero el artículo 101 obliga a los presidentes de las salas a convocar a todos los miembros de la misma para analizar cualquier asunto.

Puras coincidencias
El caso de Pilieri ya tiene juzgado. Ayer se conoció que el Tribunal 3 de Juicio de Caracas, a cargo de la jueza Juvena Barreto, será que la celebrará el tercer debate oral y público en relación con los supuestos hechos de corrupción que el parlamentario habría cometido durante su gestión como alcalde de Bruzual.

La noticia provocó suspicacias, pues el anterior proceso lo conoció el juzgado 3 de Juicio de Yaracuy.

Sobre el inicio el juicio, la defensora de Pilieri, Norma Delgado, dijo no tener fecha y recordó que primero se deben convocar a los escabinos que participarén en el mismo.

Respecto al lugar donde permanecerá detenido el diputado mientras dura este proceso, pues en predios judiciales se da por descontado que será enviado a la cárcel militar de Ramo Verde (Los Teques) o a los calabozos del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin), a pesar de que una sentencia del TSJ, dictada en octubre, ordenó mantenerlo bajo arresto en su residencia.

Las sospechas están fundada en lo ocurrido con el también diputado por el Zulia, José Sánchez, cuyo caso también fue radicado en Caracas y el juez que lo enjuició decidió enviarlo primero a prisión militar y después a la sede de la Policía Militar.

lunes, 17 de enero de 2011

Biagio Pilieri denunció que aún no se le ha notificado oficialmente la anulación del juicio



El diputado electo a la Asamblea Nacional, Biagio Pilieri, denunció que ni él ni sus abogados han sido notifiacdos oficialmente sobre la anulación de su segundo juicio y la radicación de un tercero en el área Metropolitana de Caracas.

Pilieri destacó que hay muchos rumores con respecto al traslado, entre ellos, que el juicio recayó después de un sorteo en el Tribunal de Juicio 3 del Área Metropolitana. Sin embargo, están a la espera de alguna comunicación oficial.

El diputado electo indicó que para este lunes se debió haber notificado desde la Sala Penal la anulación del juicio y que se había radicado en Caracas. “La celeridad procesal con que se hacen las cosas hizo que se atropellen el juicio y los procedimientos. Este juicio es una farsa y un fraude de la forma como se está llevando”, acotó.

Cortesia de:
Globovision y la Patilla.


domingo, 16 de enero de 2011

Marcha en Chivacoa llega a residencia del diputado Biaggio Pilieri


Este domingo se realizó una marcha caravana en Chivacoa, estado Yaracuy, la cual tuvo en su paso la residencia del diputado Biaggio Pilieri quien permanece bajo la medida de casa por cárcel, debido a la repetición del juicio que se le estaba llevando a cabo.

La ex diputada, Pastora Medina, informó vía telefónica a Globovisión que “la caminata tiene como objetivo la recolección de firmas por la libertad de los presos políticos, las expropiaciones, las radios tomadas por el gobierno, (…) por la vida y la libertad de expresión”.

Por otra parte, el diputado Pilieri afirmó que la manifestación contaba con muchas personas provenientes de todos los grupos sociales que hacían una “muestra de solidaridad maravillosa” y aseguró que seguirá luchando por el camino democrático, el debido proceso y el respeto a la Constitución, entre otras razones.

Periodista y Dirigente Político Biagio Pilieri

Nombre: Periodista y Dirigente Político Biagio Pilieri

Status: Secuestrado Político (Detenido en: Internado Judicial, Comandancia General de la Policía y Casa por Cárcel)

Fiscales actuantes: Nº 12 con Competencia Nacional, Juan Gutiérrez y Fiscalía 14 del Estado Yaracuy

Tribunal actuante: Jenny Andaluz, Tribunal de Juicio Nº 3 (Primer Juicio) y

Eglee Susana Matute, de Juicio N° 3(Segundo Juicio), del Circuito Judicial del Estado Yaracuy

Corte de Apelaciones Presidida por la Dra. Jholeesky Del Valle Villegas Espina.

Delitos Imputados: Malversación de Fondos Públicos, Concertación Ilegal de Contratista Peculado Doloso Propio.



El Ex Alcalde opositor Biagio Pilieri, es venezolano, nativo de Chivacoa, Estado Yaracuy, Licenciado en Comunicación Social, egresado de la Universidad Católica Cecilio Acosta en el año 2008 y ha conducido y coordinado diversos espacios de Comunicación desde hace más de 15 años. Biagio Pilieri fue Alcalde del Municipio Bruzual en el periodo 2000-2004, Diputado Regional Principal en un periodo y 2 veces electo Concejal Principal. Es actualmente Diputado Electo a la Asamblea Nacional y Coordinador General Regional del Movimiento Convergencia en Yaracuy, es un dirigente Político y funcionario Público desde hace más de 17 años, con una conocida, limpia, honesta y transparente trayectoria. Se convirtió desde su salida de la Alcaldía, en la figura central de la alternativa democrática en el Municipio Bruzual y Dirigente Opositor en el Estado Yaracuy. Desde su curul de Concejal elegido por el pueblo para el periodo (2005-2009), no cesó de denunciar los presuntos ilícitos administrativos en que incurrió la gestión del alcalde Oficialista Adelmo León

Su odisea judicial comienza cuando fue denunciado por su principal adversario político, Ex Alcalde y actual legislador Regional, Adelmo León, en Enero de 2005, momento a partir del cual se emprendió contra Pilieri una persecución y hostigamiento político. El Ministerio Público se excedió al solicitar su detención y la de tres honestos Ciudadanos mas(Mario Martínez, Jhon Pernia y Asdrúbal Lugo), ya que consta en actas que Pilieri y los demás ciudadanos investigados asistieron a todas las citaciones que les impuso; incluso voluntariamente comparecieron aún sin ser citados formalmente. Además que es perfectamente comprobable el total arraigó de ellos a sus domicilios y lugares de trabajo. Y como ha dicho la Fiscal General, “en estos casos no se justifica la detención preventiva”. Sin embargo, fue detenido el 4 de Febrero de 2009, en plena campaña electoral. Fue recluido inicialmente en el Internado Judicial de San Felipe y luego trasladado a la Comandancia General de la Policía del estado Yaracuy.

Su Causa quedó identificada como Asunto Principal UP01-P-2009-000297 a cargo de la Jueza Titular Jenny Andaluz, del Tribunal de Juicio Nº 3, del Circuito Judicial del Estado Yaracuy. El Fiscal Acusador es el Nº 12 con Competencia Nacional, Juan Gutiérrez, quien lo acusó de los delitos de: Malversación de Fondos Públicos, Concertación Ilegal de Contratistas y Peculado Doloso Propio.

En su caso, además de las acostumbradas violaciones al “Debido Proceso” y al “Estado de Derecho”, pasaron varios jueces distintos, y los abogados defensores solicitaron en varias ocasiones Medidas Sustitutivas, siendo estas reiteradamente negadas, denotando una ausencia absoluta de cumplimiento del debido proceso, el Derecho a ser Juzgado en Libertad y la Presunción de Inocencia. Así mismo, Biagio Pilieri tuvo prohibición expresa por parte de la juez Andaluz de hablar sobre su caso.



Fue llevado a Juicio, y luego de varios meses, con 23 Audiencias y el testimonio de alrededor de 60 testigos, el Tribunal Mixto de Juicio el 19 de Julio del Año 2010 los declaro a todos INOCENTES de todos los delitos que les imputaron, y a pesar de ello los dejaron ilegalmente detenidos a petición del Fiscal.

Se antepuso un Recurso de Amparo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en el mes de Agosto, el cual hasta la fecha aún no ha sido decidido y cuya ponencia está en manos del Magistrado Arcadio Delgado.

Biagio Pilieri fue electo Diputado a la Asamblea Nacional por el Estado Yaracuy el 26 de Septiembre por el voto popular, y a pesar de que fue PROCLAMADO al día siguiente de su elección, aun lo mantienen privado de su Libertad, violándosele su condición tanto de Inocente como la de Diputado Nacional, poniéndose así en grave riesgo la posibilidad de su incorporación el 5 de Enero del 2011, fecha en la que debe instalarse la nueva Asamblea Nacional electa.

El TSJ en Sala Plena; con varios votos salvados acordó, luego que la Corte de Apelaciones del Estado Yaracuy donde estaba su caso remitiera su expediente al máximo órgano de justicia, que el proceso judicial debe seguir y remitió nuevamente su Causa a la Corte de Apelaciones para que continúe su curso.



El 17 de Diciembre la Corte de Apelaciones anuló la sentencia absolutoria (Inocencia) que el Tribunal en su debida oportunidad acordó, para que se repitiera nuevamente el juicio.

El 27 de Diciembre se inicia el 2do. Juicio con Tribunal Mixto y con un proceso totalmente exprés, violando todos los lapsos legales existentes en el Código Orgánico Procesal Penal, en donde tan solo se realizaron 8 Audiencias, el día 07 de Enero del 2011 se cerró el juicio, el Tribunal debía dar la sentencia, pero a las 8:00 de la noche de forma intempestiva y sin dar ningún tipo de explicación retiraron del circuito a los 4 acusados privados de su libertad y dejaron a los 5 restantes, a los abogados de la defensa y a todos las personas presentes sin respuesta formal, tan solo con la notificación en pasillo por parte de los alguaciles de que la Audiencia quedaba suspendida y ni siquiera hubo la firma por ninguna de las partes del acta de la Audiencia de ese día. Nos enteramos entonces que estábamos convocados para el lunes 10 a las 9:00 am, se asistió a la misma y a los pocos minutos se suspendió nuevamente sin justificación alguna (aparente enfermedad de la Juez de Juicio).

El 11 de enero de 2011 cuando fuimos a buscar nueva fecha de Audiencia, recibimos la sorpresa de que ya no habrá, se recibe notificación verbal por parte de la Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy que el TSJ en la Sala de Casación Penal dictó un Avocamiento.

Es claro y evidente que en el Caso contra el Diputado Biagio Pilieri existe una Violación, vulneración e irrespeto a la Voluntad Popular, la Constitución, la Libertad y la Inmunidad Parlamentaria y a todos los Derechos Legales y Constitucionales.

Notas de: Bony Pertiñez Heidenreich

jueves, 13 de enero de 2011

Foro Penal Venezolano denuncia que buscan convertir en sanción proceso contra Dip Biagio Pilieri


El abogado Gonzalo Himiob, en nombre del Foro Penal Venezolano, expresó que es obvio que existe una burda y maliciosa maniobra en el caso de Biaggio Pilieri. El Foro considera que se quiere mantener vivo el proceso, a pesar de las pruebas, con la finalidad de tenerlo fuera de la Asamblea Nacional.

Himiob cree que se trata de una aberración jurídica y llama la atención que se haya radicado el juicio en Caracas porque no hay condiciones especiales para tomar esa decisión.

Aseguró que detrás de la medida se busca que el Poder Ejecutivo pueda tener el control sobre los jueces y los escabinos.

miércoles, 12 de enero de 2011

Caso Biagio Pilieri es llevado a Sala de Casación del TSJ



El diputado Biagio Pilieri, en rueda de prensa, expresó que la medida de llevar su expediente a la Sala de Casación del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) lo tomó por sorpresa.

“Esperamos que esta medida, no pedida por nadie, signifique que la Sala Penal pueda poner orden en las situaciones que se han vivido desde hace dos años”, dijo.

Indicó que poner orden, no puede ser a su juicio, sino declarar la libertad inmediata de las 4 personas que están injustamente detenidas “y la inocencia de las 9 personas que están injustamente acusadas junto conmigo”.

Pilieri también comentó que en la primera sesión de la AN “quedó demostrado que las tendencias serán firmes”, situación que dificultará solucionar los problemas que aquejan a la población según su opinión.


Biagio Pilieri

viernes, 7 de enero de 2011

Suspendieron audiencia de Pilieri y el lunes se conocerá sentencia




La abogada Norma Delgado, defensora del diputado electo Biagio Pilieri, denunció este viernes 07/01/11 en horas de la noche “una situación irregular”, porque la jueza suspendió la audiencia sin notificarles a las partes en sala.

“No sabemos dónde están los escabinos ni las razones por las cuáles suspendieron”, enfatizó.

Precisó que aparentemente se habrían llevado a Pilieri a su casa, pero no lo han confirmado. Además, sacaron del Circuito a las otras personas que ella defiende. Señaló que se mantendrá en el lugar y calificó de “atropello” la decisión de la funcionaria.

Delgado dijo que para el día lunes se conocerá la sentencia definitiva. Dos horas antes de este contacto telefónico con Globovisión, la abogada se mantenía a la espera de la sentencia, pese a que habían sido convocados a las 3 de la tarde. “Los escabinos siguen deliberando”, agregó.

Indicó que un grupo numeroso de personas que se mantienen en las afueras del Circuito piden “justicia”.

Más temprano, culminó la audiencia correspondiente a este viernes del caso que se le sigue al diputado electo Biagio Pilieri. Según relató Norma Delgado, abogada defensora de de Pilieri, al final de la audiencia, el imputado dio su versión de los hechos, reiterando que su caso es de tipo político.

Por su parte, la Fiscalía no hizo ninguna réplica a lo expuesto por la defensa.

Informó Delgado que el juez y los escabinos se retiraron a deliberar y les notificaron que después de las 3 de la tarde de este viernes se conocerá la sentencia.

“Ha sido un proceso lleno de violaciones”, señaló la abogada quien dijo que no le extrañaría una sentencia condenatoria “pero la esperanza es lo último que se pierde”.

“Espero que los miembros del tribunal tengan ciudadanía y emitan una sentencia apegada a la Ley y a la Justicia”, dijo en conversación con Globovisión.